Mi esposo me trajo sin permiso

Maria Bernadette-Higuera

Abogada de Inmigración

P Soy ciudadana de México. Mi esposo me trajo a los Estados Unidos hace 8 años y entramos sin autorización. El es ciudadano estadounidense pero nunca sometió una petición de mi parte porque me dijo que no pudiera recibir la residencia por haber entrado sin autorización y también porque me mandó para México hace dos años y luego me trajo a los Estados Unidos unas semanas después, otra vez sin autorización. Cuando intenté entrar la última vez, migración me agarró en la frontera. Los oficiales me dejaron entrar porque les dije que tengo gemelos de cuatro años que nacieron en los Estados Unidos. Luego recibí una carta diciendo que tenía corte en Seattle en unos meses. Mi esposo nunca me mostró la carta hasta que ya había pasado la fecha de corte. Me dijo que no valía la pena ir a la corte porque simplemente me iban a deportar. Quiero mencionar que amo mucho a mi esposo pero sufre del alcoholismo y toma malas decisiones. Por ejemplo, me mandó a México porque el tenía una novia en ese entonces y quería estar libre a estar con ella. Solo me trajo otra vez a los Estados Unidos cuando ella lo dejó. Me ha golpeado gravemente dos veces. Una vez él rompió un hueso en mi mano y la otra vez me rompió unas de mis costillas. Sigo viviendo con él pero quiero arreglar mi situación migratoria para que pueda estar con mis niños sin miedo de que migración me deporte. ¿Cuáles son mis posibilidades?

R Es probable que usted fuera ordenada ser deportada cuando faltó a su audiencia en la corte. Generalmente, si una persona pierde una audiencia en la corte de inmigración, será ordenada deportada en ausencia. Si no puede mostrar que la perdió debido a circunstancias excepcionales o porque nunca fue avisada de la fecha y hora de la corte, es muy difícil reabrir el caso y sacar la orden de deportación. Sin embargo, una orden de deportación casi siempre es un obstáculo a una resolución positiva de un caso de inmigración.

En su caso de usted, podría ser posible reabrir su caso basado en la falta de aviso o por circunstancias excepcionales. Si no se puede establecer ninguno de las dos bases anteriores, todavía podría reabrir el caso siendo una persona elegible para defensas de la deportación bajo la ley de violencia en contra de mujeres (VAWA por sus siglas en inglés).

Es probable que usted es elegible para dos defensas a la deportación bajo la VAWA: la cancelación de la deportación de VAWA y la auto-petición de VAWA. Para la VAWA cancelación de la deportación, se tiene que mostrar tres años de presencia en los Estados Unidos, que ud tiene el buen carácter moral, que ud o tus niños sufririán de una forma grave si ud fuese deportada, y que usted ha sido victima de violencia o abuso por su esposo quien es ciudadano estadounidense (el abusador puede ser residente permanente también). También es una posibilidad para la gente que no está casada con el/la abusador(a), si es padre/madre de un niño que ha sido abusado por el/la padre/madre que es ciudadano o residente de los EE.UU. En este caso ud podría ser elegible para la VAWA cancelación por el abuso que ha sufrido a manos de su esposo. Su caso sería basado en el abuso que ha sufrido por su esposo estadounidense. No es necesario que haya reportes de la policía pero depende de usted de probar que había abuso y reportes y documentos oficiales siempre ayuden. Si usted fue atendida en una hospital en una o dos de las ocasiones de abuso grave, expedientes médicos pueden ser pruebas del abuso. El abuso no tiene que ser físico, el abuso psicológico y emocional cuenta también y, de hecho, puede ser suficiente.

La auto-petición bajo la ley de VAWA se perdona automáticamente la entrada ilegal una vez que la petición sea aprobada, usted no tendría que viajar a Ciudad Juarez para poder terminar el proceso de la residencia. Una salida cona segunda entrada ilegal puede ser un obstaculo, a menos que ud puede comprobar que la segunda entrada esta relacionada con el abuso. La auto-petición es una manera de obtener la residencia legal para una persona que es esposo, hijo, o padre de un ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos, si el interesado fue abusado o sujeto a crueldad mental extremo por su padre, esposo o hijo, mientras estaban viviendo en los Estados Unidos. El interesado tenía que haber vivido con el abusador en los Estados Unidos. El interesado también tiene que enseñar que tiene el buen carácter moral. Usted puede entregar una solicitud basado en el abuso que usted ha sufrido. Como en el ejemplo de la cancelación de la deportación bajo la ley VAWA, una auto-petición no se requiere un reporte de policía. El abuso puede ser establecido por su testimonio creíble. La auto-petición es un proceso de dos pasos. El primer paso es hacer la auto-petición y el segundo paso es la solicitud para la residencia.

La ley de migración, y las defensas bajo la ley VAWA, son bastantes técnicas. Se recomiende consultar con una abogada experimentada en migración antes de someter una aplicación o petición ante migración o la corte de inmigración.