CHICAGO – Aunque nuestro enloquecedor y fallido sistema migratorio probablemente no quede sometido a reformas hasta dentro de unos años, pueden encontrarse en medio de él pequeños bolsillos de sentido común.
Tomemos como ejemplo un reciente fallo de un tribunal de apelaciones del estado de Nueva York, que clarifica una ley de 1990 –llamada Situación de Inmigración Especial para Menores (SIJS, por sus siglas en inglés)– que permite que menores inmigrantes indocumentados, descuidados o abandonados, soliciten asilo en Estados Unidos.
El fallo en Marcelina M.-G vs. Israel S. sienta precedentes, porque las leyes de inmigración no son uniformes en todos los estados, y además las leyes de inmigración de cada estado no siempre concuerdan con las leyes federales.
Esa situación permite que mucha gente que cumple con los requisitos, no quede amparada legalmente.
El caso, que involucra a una niña de 10 años de Honduras, que se escapó de un hogar donde la maltrataban, en un país herido por la violencia, deja en claro que los niños inmigrantes que han sido abandonados, descuidados o maltratados por un padre –en lugar de ambos padres– cumplen con los requisitos de la SIJS, que les concede mayores protecciones y la oportunidad de legalizar su categoría migratoria en Estados Unidos.
La complejidad legal de este caso ilustra su importancia. La decisión del tribunal de apelaciones anuló el fallo de un tribunal inferior, que se basaba en la idea de que un solicitante de categoría legal menor, bajo la SIJS debía demostrar en forma concluyente que había sido abandonado por ambos padres para cumplir los requisitos y recibir categoría protegida.
También clarifica la interpretación de la SIJS para todos los tribunales de Nueva York. (El caso recibió su fallo en el tribunal del estado porque, aunque la SIJS fue creada en el Congreso, la determinación de la categoría del peticionario debe realizarse mediante el estado, y generalmente en el tribunal de menores.)
Hay que recalcar aquí dos puntos importantes, que no se comprenden bien:
Primero, en un tribunal de inmigración se espera que niños de hasta 2 años hablen por sí mismos –en casos por ejemplo, en que sus padres ya han sido deportados, o como en el caso de la niña de Honduras, cuando los niños huyen a Estados Unidos con la ayuda de “coyotes”.
Kids in Need Of Defense (KIND), una organización de incidencia con sede en Washington, D.C. estima que todos los años, más de 8.000 niños vienen a Estados Unidos no-acompañados.
No se les proporciona asesoría legal porque no hay ley que lo requiera, lo que frustra a los jueces y hace que los tribunales sean menos eficientes de lo que serían con intervención para los niños, la mayoría de los cuales no habla español.
Segundo, la crisis que enfrentan estos niños es difícil de exagerar.
Wendy Young, presidenta de KIND, recalcó que las circunstancias de los niños no-acompañados son casi siempre dramáticas o de vida o muerte.
Aunque sienta precedentes, el fallo con respecto a la niña hondureña no es un reemplazo apropiado de las reformas necesarias para la actual ley migratoria que, con costos muy modestos, codificarían una asociación pública-privada entre las autoridades gubernamentales y organizaciones tales como KIND, que pueden conseguir recursos tales como abogados dispuestos a trabajar ad honorem.
Nadie sabe lo que el futuro depara para toda reforma migratoria. Pero si se intenta un enfoque en trozos, como se está sugiriendo en la Cámara de Representantes, no debe olvidarse a este grupo de niños tan vulnerables.
