Maria Bernadette Higuera
Abogada de Inmigración
Inmigración empezó a recibir solicitudes para la Acción Diferida el 15 de agosto, 2012. Para ser elegible para la Acción Diferida el solicitante tiene que cumplir con varios requisitos. Los requisitos son: (1) Venir a los EE.UU. antes de cumplir los 16 años, (2) Residir continuamente en los EE.UU. durante cinco años antes del anuncio del Presidente el 15 de junio del 2012 (desde como el 15 de junio, 2007) y estar residiendo en los EE.UU. el 15 de junio, 2012, (3) Estar en la escuela, haberse graduado de la escuela, tener un GED o haber salido con honor de las fuerzas armadas, (4) No haber sido condenado de ciertas ofensas criminales, (5) Tener 30 años o menos el 15 de junio, 2012 (tener menos de 31), y (6) Tener por lo menos 15 años de edad cuando solicita la Acción Diferida. Es importante notar que un solicitante tendrá que cumplir con cada uno de los requisitos, no solamente uno o algunos de ellos. Es muy importante NO utilizar los servicios de los notarios, debe ir con un abogado.
P Mi hijo tiene 18 años. Venimos a los EE.UU. por primera vez cuando él tenia dos años. Él vivió aquí hasta que tuvo 14 años y lo mandamos a México a vivir con su abuela. Él se quedó en México hasta que tuvo 17 años y regresó a los EE.UU. el año pasado. ¿Es elegible para la Acción Diferida?
RBasado en los hechos que usted explica, su hijo probablemente no es elegible para la Acción Diferida. El problema con el caso de su hijo es su salida de tres años afuera de los EE.UU. Una persona tiene que comprobar que ha residido continuamente en los EE.UU. por los últimos cinco años. Ausencias inocentes o cortas de los EE.UU. no necesariamente romperían la presencia continua, sin embargo, una ausencia de tres años seguramente sería fatal para el caso de su hijo.
P Tenemos dos hijas de 17 y 19 años y parece que las dos califican para la Acción Diferida. El problema es que me han deportado tres veces. Me di cuenta que uno de los requisitos es que entreguen sus actas de nacimiento. Estoy preocupado de que inmigración encontrará mi nombre en sus actas de nacimiento, darse cuenta que estoy en los EE.UU. ilegalmente, y venir a arrestarme otra vez. ¿Deben hacer la solicitud mis hijas?
R Si sus hijas califican para la Acción Diferida probablemente no causaría problemas para usted. Inmigración ha dicho que no usaran información de estas solicitudes para buscar y arrestar a otros miembros de la familia. Aunque sus hijas se están exponiendo a inmigración cuando entreguen las solicitudes para la Acción Diferida, no creo que haya mucho riesgo para los demás en la familia.
P Tengo 28 años y he vivido en los EE.UU. desde que tenía 3 años y me gradué de la prepa. A los 16 años tuve un caso en la corte juvenil por vender cocaína. Cuando cumplí 18 años otra vez me condenaron de vender cocaína. ¿Puedo borrar mi historial para solicitar la Acción Diferida?
R Las condenas criminales que se resuelven en la corte juvenil no cuentan como crímenes que descalifican a una persona para la Acción Diferida. Sin embargo, inmigración ha avisado que puede tomar en consideración las condenas de juveniles cuando están tomando decisión sobre la solicitud de la Acción Diferida. Una condena como adulto por vender cocaína sería un crimen que descalificaría a una persona por la Acción Diferida. Inmigración avisa que las personas que tienen condenas criminales borradas tampoco van a ser descalificado por el crimen borrado pero, inmigración avisa que puede ver esta historia criminal cuando está tomando la decisión sobre la solicitud y puede utilizar la historia criminal para determinar si la persona merece el beneficio. Como el borrar el crimen después de una condena no necesariamente lo borra por propósito de inmigración, es posible que después de negar la solicitud la entregarían al proceso.
