Apellido de Casada.

Dulce Orozco

Consulado de México en Seattle

El nombre es un término técnico jurídico y que sirve para designar a las personas, para individualizarlas frente a todos y para identificarlas por el Estado. Primero es el nombre de pila, que es opcional y los apellidos que son determinados por la filiación.

El nombre propio o nombre de pila se adquiere, por voluntad de los progenitores del menor al inscribirlo en el Registro Civil. El apellido se adquiere por la filiación, por el matrimonio o por una resolución de autoridad administrativa o judicial y los apellidos serán el del padre y el de la madre, o en su caso solo los de aquel o los de ésta, sean tales apellidos simples o compuestos.

En México el nombre de pila es el que se usa en todos los documentos oficiales y los apellidos no se sustituyen por los del marido. Para fines de documentación (pasaporte y matrícula consular), nuestro nombre de pila y apellidos deben permanecer idénticos como aparecen en el acta de nacimiento original.

En caso de matrimonio, el apellido del cónyuge se agrega a los dos apellidos, siempre y cuando se presente el acta de matrimonio original, en caso de haberse casado en México, o en su defecto el acta de matrimonio estadounidense debidamente apostillada, en caso de haber contraído nupcias en Estados Unidos de Norteamérica.

Una apostilla es un sello especial que estampa una autoridad para certificar que un documento es una copia verdadera de un original. Las apostillas están disponibles en los países que firmaron el Convenio de la Haya sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.