23 años indocumentados. ¿Podemos obtener residencia a través de nuestra hija?

Por la abogada Marie B. Higuera

Mi esposa y yo llegamos a los Estados Unidos ilegalmente hace aproximadamente 23 años. Nuestra hija mayor está a punto de cumplir 21 años. Ella someterá peticiones para que podamos obtener tarjetas verdes. ¿Qué necesitamos hacer?

En algunos casos, un niño ciudadano estadounidense puede ayudar a sus padres a obtener la residencia, pero tener hijos ciudadanos estadounidenses no calificará a todas las personas para la residencia. Un padre quien vino a los EE.UU. con una visa de visitantes, y nunca se fue, probablemente sería elegible para obtener la residencia dentro de los EE.UU., suponiendo que no ha tenido problemas de inmigración o criminal. Una persona que haya llegado a los EE.UU. ilegalmente sólo será elegible para obtener la residencia en los EE.UU. si es heredada por una petición presentada a más tardar el 30 de abril de 2001. “Heredado” significa que un patrón u otro pariente – su hermano, un padre, o una ex esposa presentó una petición que tiene derecho a la aprobación para usted en la fecha limite. Si la petición anterior fue presentada después del 14 de enero de 1998, existe un requisito suplementario de que el beneficiario esté físicamente presente en los EE.UU. el 21 de diciembre de 2000. Si nadie presentó una petición para un padre antes de ahora, aún puede ser elegible para la residencia, pero él tendría que salir de los EE.UU. e ir a su país de origen para la entrevista de la visa. Una vez que salga de los EE.UU. será inadmisible durante 10 años debido a su presencia ilegal en los EE.UU. Él puede ser capaz de obtener una exención de la barra de 10 años si puede demostrar que su padre o cónyuge es un ciudadano estadounidense o un residente legal que sufriría dificultades extremas si el bar de 10 años no es renunciado.

Además, no pueden superarse algunos motivos de inadmisibilidad. Un padre que ha sido deportado y posteriormente volvió a entrar los Estados Unidos sin inspección, o que ha sido condenado por ciertos crímenes, o que ha tenido múltiples reentradas ilegales a los EE.UU. después del 1 de abril de 1997, o que ha reclamado ser ciudadano estadounidense, o que ayudó a otras personas a entrar ilegalmente los EE.UU., podría no ser elegible para la residencia incluso con un niño ciudadano de los Estados Unidos.

Antes de iniciar el proceso debe consultar con un abogado con experiencia para determinar que usted es elegible para la residencia.

La Abogada Marie Higuera

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