Marie-Bernadette Higuera
Abogada de Inmigración
Tengo 34 años y soy de México. Vine a los Estados Unidos sin autorización hace ocho años. Nunca he tenido contacto con migración. Tampoco he aplicado para beneficios migratorios antes y nadie lo ha hecho de mi parte. Mi hermana está en la misma posición pero después de dos años estando aquí ella volvió a México para el funeral de nuestra abuela y volvió a aquí. Ahora los dos estamos casados con ciudadanos estadounidenses y queremos arreglar nuestros papeles. ¿Qué tenemos que hacer?
Primero, los cónyuges de ambos tienen que someter el formulario I-130 que es la petición de un ciudadano (o residente permanente legal) de parte de un familiar. En los casos de ustedes, cada uno tendrá que probar que su matrimonio es legal y que no lo hizo solamente para arreglar sus papeles. Se puede probar esto con evidencia de varias cosas. Se puede mostrar que están viviendo juntos, que tienen hijos juntos (si aplica), que tiene cuentas compartidas por ejemplo en el banco o las cuentas de luz, agua, etc., y fotografías de los dos juntos en varios ocasiones. Normalmente USCiS tarda tres a nueve meses en aprobarlas.
Segundo, se tiene que tramitar un perdón por la estancia en el país sin autorización. El formulario I-601A es un perdón provisional para la estancia no autorizada (“unlawful presence”) que se puede pedir estando en los Estados Unidos. El beneficio de este perdón es que uno puede esperar que sea aprobado mientras este en el país con su familia. Este perdón sirve únicamente para perdonar la estancia sin autorización de familiares inmediatos y no se puede utilizar parar pedir perdón por otras bases de inadmisibilidad por ejemplo ciertos crímenes, o por deportaciones anteriores o por haber ayudado a otros entrar en el país sin autorización. Si un solicitante tiene problemas aparte de la estancia sin autorización, es probable que le va a negar el perdón. En cambio, si el perdón es aprobado, usted se va al consulado de los Estados Unidos en su país de origen para tramitar la visa y volver a entrar como residente permanente.
Un solicitante con otros problemas como deportaciones anteriores o condenas criminales posiblemente puede ser elegible por un perdón, pero no es elegible pedirlo dentro de los EEUU mientras está aquí con su familia; no puede pedir el perdón hasta después de llegar a México para la entrevista, y tiene que esperar allá hasta recibir la decisión. Este proceso puede tardar más de seis meses o más de un año.
Su hermana, por haber salido después de más de un año estando en los Estados Unidos sin autorización y por luego haber vuelto a entrar, está sujeta a una prohibición de 10 años de arreglar sus papeles. No existe ningún perdón para esta prohibición, solo será elegible para la residencia basado en el matrimonio despues de pasar 10 años fuera de los EEUU. Es recomendable que ella no intente a pedir este, ni otro, perdón y que no vuelve a salir del país por el momento. Es probable que le negarían su solicitud para el perdón provisional, pero aún que le fuesen a aprobar, ya que ella llegue a Ciudad Juárez el oficial consular le avisaría que de todos modos no es admisible por haber salido después de tiempo sin autorización en los Estados Unidos y por haber vuelto a entrar sin autorización. Una person que ha regresado a los EEUU or intentado regresar después de una deportation o despues de un año o más de estancia ilegal no debe de pedir residencia basado en una petition familiar porque sencillamente no es elegible.
Es importante consultar con un abogado experimentado en el ámbito migratorio antes de tramitar cualquiera petición o perdón. El perdón I-601A recién llegó a ser ley en marzo de 2013 y es especialmente importante consultar un abogado antes de tramitarlo o de salir del país para tramitar la residencia en el consulado.
