Marie Bernadette Higuera
Abogada de Inmigración
Soy de México y tengo 28 años. Mis papás me trajeron a los Estados Unidos sin autorización y he vivido aquí desde que tenía 2 años. Cuando tenía 15 años, mis papás y yo fuimos deportados dos años después de que nos negó nuestras aplicaciones para el asilo. Teníamos casa aquí y todo entonces volvimos de una vez después de una semana en México. Nunca he estado arrestado y me gradué de la secundaria aquí. Hace tres años me casé con una ciudadana estadounidense y tenemos hijas gemelas de 5 meses. He escuchado de gente que reabre su caso de deportación y quiero saber si yo lo podría hacer para obtener estatus migratorio en los Estados Unidos basado en mi matrimonio. También he escuchado de gente que recibe DACA (acción deferida para los que llegaron en su infancia, por sus siglas en inglés). Luego de obtener la DACA consiga un permiso de viaje y al salir y entrar del país es elegible para cambiar su estatus a ser residente permanente legal basado en su matrimonio a una ciudadana. ¿Es cierto? ¿Podría calificar yo?
Generalmente una deportación solo puede ser re-abierto dentro de un plazo corto después de que la orden sea final y normalmente no puede ser re-abierto después de que la persona ha salido del país bajo la orden o de su propia voluntad. Existen excepciones a esta regla, por ejemplo, cuando una persona fue ordenada deportada en ausencia sin haber recibido un aviso de la fecha, hora, y sitio de la audiencia. En su caso de usted, si aplicó para asilo y el juez consideró su caso, lo negó, y usted fue posteriormente sacado del país, no es muy probable que pueda reabrir su caso ahora siendo años después.
Es también poco probable que será elegible para aplicar para la residencia basada en su matrimonio por varios motivos. Uno, cuando una persona entra en los Estados Unidos sin autorización después de haber sido deportado, esa persona será sujeta a que le reimpone su orden de deportación anterior sin dar la oportunidad de ver un juez ni oficial de inmigración nuevamente. Segundo, su matrimonio no le va a ayudar en cuanto a una prohibición permanente de 10 años que ahora tiene en su contra por haber estado más de un año en los Estados Unidos sin autorización, haber salido y vuelto a entrar sin autorización. Hasta sin haber entrado la segunda vez, una orden de deportación también trae una prohibición permanente de volver a entrar con autorización dentro del plazo de diez años. Bajo ambas prohibiciones de diez años, se tiene que pasar los diez años afuera de los Estados Unidos antes de que se puede tramitar la residencia. El hecho de que la prohibición es permanente quiere decir que no hay ningun perdón para ella y la prohibición también aplica a menores de 18 años. Sin embargo, usted podría ser elegible para DACA a pesar de haber sido deportado y luego por haber vuelto a entrar siempre y cuando entró en los Estados Unidos antes de que tenía 16 años de edad. Es cierto que los recipientes de DACA pueden obtener un permiso de viaje que le permite viajar afuera de los Estados Unidos y volver a entrar. En ciertos casos en que el recipiente de DACA está casado con una ciudadana estadounidense pero había entrado en los Estados Unidos sin autorización al principio, esta entrada con autorización le hace elegible para cambiar su estatus a ser residente.
