Marie-Bernadette Higuera
Abogada de Inmigración
Mi primo esta en la detención de Tacoma. Él ha sido residente permanente desde el 1988. Es padre soltero y tiene dos niños que son ciudadanos de los EE.UU., uno tiene 12 y el otro 14 años. La mamá de ellos se murió de cáncer hace un par de años. En el 1996 fue condenado por poseer un arma ilegal y hace un mes lo condenaron por asalto después de una discusión con su novia. Después de la condena en el 96 estaba preocupado que inmigración iba a intentar deportarlo pero los oficiales de la inmigración no lo visitaron en la cárcel y lo dejaron salir después de que cumplió su sentencia. Después de terminar su sentencia por violencia domestica hace un mes, inmigración ahora lo quiere deportar. No sé qué hacer. Tengo a sus hijas conmigo pero no las puedo cuidar para siempre, realmente necesitan a su padre.
Las condenas por armas y crímenes de violencia pueden hacer que una persona este sujeta a la deportación, aunque tiene la residencia. Su primo probablemente es elegible para pelear su caso de deportación pidiendo la cancelación de la deportación para los residentes permanentes. Esta es una ley que permite a los residentes que están sujetos a la deportación, pedirle al juez de inmigración una segunda oportunidad de quedarse en los EE.UU. como residentes permanentes. Los requisitos son el haber vivido legalmente en los EE.UU. por lo menos siete años, cinco de ellos como residente permanente, no puede haber sido condenado de una felonía agravada bajo las leyes de inmigración, y tiene que demostrarle al juez de inmigración que merece una segunda oportunidad. Muchos crímenes pueden calificarse como felonías agravadas bajo las leyes de inmigración – algunos son “misdemeanors” bajo las leyes criminales del estado – entonces muchas personas que han sido condenados de crímenes no son elegibles para la cancelación. La gente que ha sido arrestada y les han levantado cargos criminales en su contra siempre deben tomar en consideración y platicar con su abogado criminal las posibles consecuencias antes de tomar una decisión sobre si se debe de dar culpable.
Como su primo tuvo su residencia durante siete años antes de su primera condena, y como ninguna de las condenas parecen ser felonías agravadas bajo las leyes de la inmigración, probablemente puede pedirle al juez que le de una segunda oportunidad en los EE.UU. El juez va a tomar en cuenta las cosas buenas y malas del caso de su primo y las razones por las que se le debe permitir quedarse en los EE.UU. Los factores positivos serán su familia en los EE.UU., su residencia de mucho tiempo, dificultades que él y su familia sufrirían si lo deportan a él, su historia de empleo, propiedad o enlaces de negocios, su valor en la comunidad (como trabajos de voluntario), su rehabilitación en relación a sus crímenes, y otra evidencia de buen carácter moral.
Su primo probablemente es elegible para pedir una fianza. Puede tardar muchos meses para que un juez tome una decisión final sobre si puede mantener su residencia, pero para mientras su primo debe poder pagar una fianza para salirse de la detención y regresar con sus hijas. Muchas personas que están en el procedimiento de la deportación por crímenes no son elegibles para una fianza; la ley dice que tienen que ser detenidos hasta que el juez decida su caso.
La detención no es obligatorio para una persona condenada de violencia domestica y el juez puede dejarlo salir bajo fianza si no cree que va a huir ni que es un peligro para la sociedad. La detención tampoco es obligatorio para una persona que fue condenado y lo dejaron salir hace muchos años o tampoco para algunas personas que salieron de la cárcel después de cumplir con su sentencia y que no fueron detenidos por oficiales de Migración cuando salieron.
