Marie Bernadette Higuera
Abogada de Inmigración
Vine a Estados Unidos de México con una visa de turista hace seis años. Me permitieron quedarme aquí seis meses pero encontré un trabajo y me quedé. El mes pasado me casé con un ciudadano estadounidense y quiero pedir mi residencia. Nunca e sido arrestada ni me han levantado cargos. El año pasado, mi prometido y yo fuimos a México; cuando regresamos a Estados Unidos cruzamos por Tijuana y yo enseñé mi tarjeta para cruzar la frontera (border crossing card). Me preguntaron porque venía a Estados Unidos y yo les dije que venia de compras y me dejaron entrar. Mi esposo ha estado viendo en el Internet y él está preocupado de que el viaje a México me haga inelegible para la residencia. ¿Es cierto? ¿Qué debo hacer?
Como ciudadano de Estados Unidos, su esposo puede someter una petición para una visa de inmigrante para usted. Como una persona que fue inspeccionada y admitida a Estados Unidos, también es elegible para solicitar el cambio de estatus dentro del pais.
Cuando una persona solicita la residencia en Estados Unidos o en el extranjero en un consulado de Estados Unidos, el gobierno estadounidense investigará para ver si la persona puede ser admitida a los EE.UU., o si es elegible para la residencia. En la situación de usted hay por lo menos dos bases por los que usted podría no ser admitida o inelegible para la residencia, y por las que usted podría solicitar un perdón.
Primero, usted necesita un perdón por su presencia ilegal en Estados Unidos. Si le autorizaron a quedarse por seis meses y no se fue a tiempo, usted empezó a acumular presencia ilegal el día que se venció su autorización. O, si empezó a trabajar o violar los términos de su visa de turista de alguna otra manera, usted empezó a acumular presencia ilegal el día que violó su estatus, aunque usted estuviera todavía dentro de los seis meses de la visita autorizada. Cuando una persona que ha acumulado más de seis meses pero menos de un año de presencia ilegal sale de los EE.UU., se vuelve inelegible para la residencia por un periodo de tres años. Si la persona acumula más de un año de presencia ilegal y sale de los EE.UU., no es elegible para la residencia por 10 años. Eso significa que una solicitud para la residencia será negada y la persona tiene que esperar 3 o 10 años para solicitarla otra vez, solamente que le den un perdón lo puede solicitar antes. Si una persona con más de un año de presencia ilegal regresa a los EE.UU. sin inspección, no es elegible para la residencia por 10 años y no hay un perdón disponible. En el caso de usted, será importante probar que su última entrada a los EE.UU. fue legal. Aparte de una copia de su tarjeta para cruzar la frontera, usted podría presentar una carta de su esposo que confirme que usted cruzó la frontera con él y que usted presentó su permiso de cruzar la frontera y la dejaron entrar.
Segundo, puede ser que sea necesario pedir un perdón por fraude. Una persona que entra a los EE.UU. (o obtiene o intenta obtener otros beneficios de inmigración) por cometer fraude o sabiendo presenta un hecho no cierto, puede no ser admisible a los EE.UU. Es muy posible que la Inmigración consideraría que el hecho de que usted dijo que iba a entrar a los EE.UU. para ir de compras (cuando realmente estaba regresando a su casa de los EE.UU. que había mantenido muchos años), es un hecho falso e importante por lo que la podrían encontrar no admisible.
Para recibir una aprobación de su perdón, necesitaría enseñar que su esposo sufriría una dificultad extrema si le niegan su solicitud para la residencia. Generalmente, para enseñar suficiente dificultad para ganar un perdón, necesitaría establecer que su esposo tiene problemas de salud u otras circunstancias especiales. Dificultades económicas o el dolor de estar separados puede que no sean suficientes para establecer la dificultad necesaria. Usted debe ponerse en contacto con un abogado que se especializa en asuntos de inmigración para más consejos sobre cómo proceder con la solicitud para la residencia.
