Marie Bernadette Higuera
Abogada de inmigración
P:Nací en México. Mi mama falleció cuando yo tenía dos años y mi abuela me crió. Mi papa estaba en los Estados Unidos y volvió ciudadano a través de su matrimonio con mi madrastra.
Él me peticionó y cuando vine a los EEUU hace tres años, creo que vine como ciudadana pero no tengo prueba de mi estatus. ¿Cuál es la mejor forma de prueba de la ciudadanía?
R:Las dos formas de prueba de la ciudadanía para Ud son un pasaporte o un acta de ciudadanía. Son emitidos por agencias distintas del gobierno pero la misma ley aplica a los dos así que las dos agencias deberían llegar a la misma conclusión en cuanto a su ciudadanía.
Una persona nacida afuera de los EEUU puede ser ciudadana a través de su papas de varias formas.
Primero, si un papa o una mama, o en ciertos casos abuelo o abuela, nació en los Estados Unidos y cumple con ciertos requisitos de presencia en el país o, segundo, si un papa o una mama naturalizó antes de que la hija o hijo cumple 18 años y entró en el país antes de cumplir los 18. Una persona que cumple con todos los requisitos de la transmisión de la ciudadanía antes de cumplir 18 años vuelve a ser ciudadana a partir de este momento hasta si no consiga prueba de la ciudadanía hasta años después.
El acta de ciudadanía, como también la pasaporte, son pruebas conclusivos y legales de la ciudadanía estadounidense. Como ciudadana derivada, puede aplicar para un pasaporte sin obtener un acta de ciudadanía si desea.
El beneficio de obtener un acta es que, a diferencia de un pasaporte, el acta nunca vence. Otro beneficio de la acta es que no puede ser revocada como una pasaporte por una orden federal de arresto o por deber más que $2,500 en obligaciones alimenticias para niños por orden de la corte.
