Estatus Especial para Menores

Marie Bernadette Higuera

Abogada de inmigracion

@2-Body-Text-Antique-Olive-light:Soy ciudadano de los EU. El año pasado fui contactado por una mujer en mi iglesia con una historia muy triste; su hijo de 12 años estaba en la cárcel de inmigración en Arizona. El niño había estado viviendo con sus abuelos en Guatemala y los abuelos decidieron mandarlo a EU. con un coyote para estar con su madre. El coyote y el niño fueron arrestados por inmigración en cuanto cruzaron la frontera. El coyote fue deportado pero tomaron custodia del niño por ser tan joven. El niño le habló a su madre para que le ayudara a salir de la detención, pero la madre tuvo miedo de tener contacto con inmigración y me habló para pedir que yo fuera a recoger al niño. Yo fui a Arizona y traje al niño a mi casa. La mamá del niño desapareció unas semanas después de que lo recogí. Me dijo que iba a California de visita pero nunca regresó y su teléfono está desconectado. Hace poco nos enteramos por el consejero del niño en la escuela que su abuelo abusó de él en Guatemala y ahora está en terapia. Él tiene una audiencia en la corte de inmigración la semana que entra. ¿Hay algo que se puede hacer?

El niño puede ser elegible para el asilo. Una persona puede solicitar el asilo si ha sido perseguido en el pasado o si hay una posibilidad razonable de que vaya a ser perseguida en el futuro basado en cinco bases: raza, religión, nacionalidad, opinión política, o grupo social particular. Ser perseguido significa ser lastimado por una autoridad o una entidad que las autoridades no están dispuestas o no pueden controlar, y el daño tiene que ser perpetrado basado en una de las cinco bases. Una persona que es víctima de crimen común como robo, solamente por estar en el lugar equivocado en el momento equivocado, probablemente no ganará el asilo. Un grupo social es un grupo del cual los miembros comparten ciertas características. Por ejemplo, las cortes han encontrado que ser perseguido basado en su relación familiar o violencia domestica puedan ser bases para el asilo. El niño puede presentar su solicitud de asilo frente al juez de inmigración por el miedo de regresar a Guatemala. El hecho de que el niño fue abusado sexualmente por su abuelo puede ser una base para pedir el asilo.

El niño también puede ser elegible para el Estatus Especial para Inmigrantes Menores de Edad (SIJS). Este proceso existe para los menores de edad que no tienen ningún padre que los cuide y que han sido abandonados. Para recibir este estatus, primero tiene que recibir un orden de la corte familiar declarando que el menor es depende del estado. Durante el proceso el juez va a querer saber cómo es la situación de vida para el menor. También va querer saber donde está viviendo el menor, donde va a la escuela, como come todos los días, si tiene acceso a alguien con quien puede platicar. El menor tendrá que comprobar que sus padres lo han abandonado o abusado de una manera que no puede regresar al cuidado de ellos. Básicamente, el juez toma el papel de padre y se preocupa por las mismas cosas que un padre o madre se preocuparía. Una vez que el menor ha comprobado todo eso y ha dado noticia del procedimiento a sus padres dándoles oportunidad de contestar, el juez puede hacer una orden declarando que el niño es depende del estado y que los padres lo han abandonado o abusado. Ya que tiene la orden de la corte familiar puede preparar y presentar la solicitud para el SIJS a inmigración (USCIS). Con esta solicitud el menor tiene que comprobar que ha sido abandonado o abusado por sus padres y no puede ser entregado otra vez a su custodia. Si USCIS aprueba la solicitud el siguiente paso es hacer la solicitud para la residencia en los EU. El SIJS es una solicitud que se puede presentar afirmativamente, cuando uno no está en el procedimiento de deportación, o como defensa de la deportación. Ya que el niño está en la corte de migración, él podrá hacer someter la solicitud. El juez le dara tiempo para presentar la solicitud sin darle una orden de deportación o salida voluntaria.