Marie-Bernadette Higuera
Abogada de Inmigración
Mi hermano vino a los EE.UU. con una visa hace 5 años. Él encontró un buen trabajo y se quedó aquí y ha estado trabajando para mantener a su esposa y mis dos sobrinos que todavía están en México. Hace un par de meses se casó con una ciudadana de los EE.UU. para poder recibir la residencia legal. Su esposa americana empezó a vivir con él pero son nada más compañeros de casa. Su plan era traer a su verdadera esposa e hijos a los EE.UU. ya que recibiera su residencia. Hace un par de semanas se fueron a la entrevista con la inmgración y el oficial le preguntó a mi hermano mucho sobre sus hijos y la madre de ellos (en la solicitud decía que él no se había casado antes). Al final de la entrevista el oficial les dijo que iban a recibir una carta. Ayer, como a las 6 a.m. unos oficiales vinieron al departamento de mi hermano. Mi hermano estaba solo en la casa porque su esposa se estaba quedando con su novio. Él no contestó la puerta. Ellos tocaron un rato hasta que finalmente se fueron. Ahora mi hermano tiene mucho miedo. ¿La inmigración tiene el derecho de hacer eso? ¿Que debe hacer mi hermano?
Antes de dar la residencia a una persona por matrimonio inmigración tiene que tomar la decisión de si el matrimonio es legalmente valido y real. La cuestión de si es legalmente valido se resuelve presentando un acta de matrimonio para demostrar que hay un matrimonio entre el que hizo la petición y el que va a beneficiarse de la petición, y presentando los papeles de divorcio o actas de defunción para los ex – esposos de cada actual esposo. Los matrimonios civiles en México son legales en los EE.UU. y son reconocidos por la inmigración de los EE.UU. Si su hermano no se divorció de su esposa mexicana antes de casarse con su esposa americana, el segundo matrimonio no es valido y no puede ser base para una petición de residencia. Usualmente cuando uno presenta una petición para visa de inmigrante incluye pruebas de que la pareja está viviendo juntos y mezclando sus finanzas: por ejemplo, evidencia de cuentas de banco juntos, un contrato de renta a nombre de los dos, impuestos entregados con los dos nombres, tarjetas de crédito de los dos, y póliza de seguro de los dos, fotos y correspondencias que demuestran que los esposos están juntos por amor. En la entrevista el oficial ve toda la evidencia, pero no tiene que aprobar la petición si no está convencido que el matrimonio es real. Inmigración puede, e investiga los matrimonios frecuentemente. Típicamente llegan a la casa en la mañana antes de que los esposos se vayan al trabajo. Si su hermano hubiera abierto la puerta, como un mínimo hubieran pedido entrar y ver donde duermen los esposos, donde esta la ropa de cada uno guardado, y donde cada uno guarda sus cosas personales y para ver, en general, como está la casa, si parece una casa de dos personas viviendo juntos como pareja. Su hermano no tiene que dejarlos entrar pero la carga es de él para establecer que el matrimonio es real y si no los deje entrar probablemente no le van a aprobar la petición.
Aparte de entrar a la casa, sin su conocimiento, inmigración puede estar vigilando la casa o los trabajos de los esposos para ver cuando llegan y salen y con quien. Es fácil para inmigración conseguir información de crédito de los esposos que también puede revelar detalles de las finanzas, o información del departamento de licencias que muestre la dirección donde están registradas las licencias de los esposos. Inmigración también puede obtener los documentos públicos de México y otros países, incluyendo actas de matrimonio. Inmigración hace investigaciones en el Internet, entonces uno debe asumir que ellos van a ver cualquier información que uno tiene en páginas como el Facebook, MySpace, o el Hi5. Su hermano tuvo razón en no abrir la puerta. En su situación es mejor no hablar con los investigadores de fraude. Él debe consultar con un abogado de inmigración con experiencia para ver si hay alguna manera de mitigar las consecuencias negativas que podría tener la solicitud, y para ver si él es elegible para algún otro tipo de beneficio de inmigración.
