¿Me devolverán la fianza?

Marie Bernadette Higuera

Abogada de inmigración

Soy de Guatemala y he vivido en los Estados Unidos por 11 años. Hace un año fui arrestado por manejar sin licencia y después de haber sido procesado por la policía, ICE vino a traerme al Centro de Detención de Inmigración en Tacoma. La jueza me dio una fianza baja por no tener ningún otro arresto y por el tiempo que tengo viviendo en los Estados Unidos y la vida que tengo establecida en este país. La pagué y salí de detención. Hace dos semanas el juez en la corte de inmigración en Seattle, donde mi caso fue transferido desde Tacoma, ejerció su discreción y administrativamente cerró mi caso de deportación. Ayer me llegó una carta diciendo que mi fianza ha sido cancelada. ¿Esto quiere decir que me van a devolver la fianza que pague? ¿Qué tengo que hacer para que me den mi dinero?

El pagar una fianza para salir del centro de detención no termina el proceso de deportación sino la fianza da una garantía al gobierno que usted aparecerá a todas sus audiencias en la corte y que cumplirá con todas las condiciones de la fianza. Si pierde una audiencia, o si es arrestado otra vez por la policía, usted quebrará las condiciones de la fianza y el gobierno se quedará con el dinero. En cambio, si usted cumple con todas las condiciones, y asiste a todas sus audiencias hasta el final del proceso, el gobierno devolverá el dinero a quien pagó al principio. Esto es cierto si gane o pierda su caso de deportación.

La carta que usted recibió, el formulario I-391 “Notice of Immigration Bond Cancelled” es la forma en que el gobierno le avisa que ha cumplido con todas las condiciones, que ha terminado su proceso de deportación, y que puede pedir que le devuelvan su dinero. El caso de usted es único, pero lo estamos viendo cada vez mas, en que el gobierno trata a un caso cerrado administrativamente por el juez como un caso terminado. Esa discreción (“administrative closure” en inglés) antes no fue considerado como una decisión final porque el gobierno puede re-abrir su caso si quiere. La discreción del juez, sigue siendo una decisión no final, es decir, el gobierno puede re-abrir su caso de deportación basado en una de varios motivos. Sin embargo, el gobierno se está utilizando ese método de cerrar casos mucho más frecuentemente ahora y, además, lo están considerando como una decisión final solamente en cuanto a la fianza y se están cancelando las fianzas como hizo en su caso.

Para pedir que le devuelvan el dinero, se tiene que someter una copia del formulario I-391 que le acaban de mandar y el original del formulario I-305 “Receipt of Immigration Officer” que el oficial de migración quien recibió el dinero dio a la persona quien pagó su fianza. El dinero será entregado a la misma persona que la pagó cuando le soltó de detención. Usted tiene que mandar estos formularios al: Department of Homeland Security Debt Management Center, Attn: Bond Unit, P.O. Box 5000, Williston, VT 05495-5000. Debería sacar copias de cualquier documento que mande al gobierno antes de mandarlos, y los debe mandar por correo certificado.

Muchas veces la persona quien está pidiendo el retorno del dinero no es la misma persona quien la pagó originalmente. En estos casos, se tiene que completar el formulario I-312, lo cual tiene que ser firmado por la persona que pagó la fianza originalmente en frente de un notario y luego ser notarizado, pidiendo que el gobierno devuelve el dinero a la nueva persona. También, si esa nueva persona no es ciudadano de los Estados Unidos ni residente permanente legal, se tiene que someter junto con los otros formularios uno de varios formularios de impuestos para el interés que se ha generado la fianza durante el tiempo que el gobierno la tuvo.

Los requisitos para un pedido de la devolución de la fianza cambian de caso a caso y es recomendable que usted consulta un abogado experimentado en migración y, específicamente, la devolución de fianzas antes de mandar documentos originales al gobierno.