Mi esposa abusa de mi y estoy en el proces o de DAPA

Marie Bernadette Higuera

Abogada de Inmigración

P:He vivido en los Estados Unidos 10 años. Nunca he sido deportado. Yo he estado casado con una ciudadana estadounidense por 7 años y tenemos dos hijas. Ella me ha pegado varias veces y me insulta bastante. No he llamado a la policía porque ella es la mamá de mis hijas. Estaba preparando para aplicar para el nuevo programa de DAPA. Mi esposa se puso feliz porque ya una vez teniendo un número de seguro social, podría yo ganar más. Cuando pasó el paro temporal de la corte para el programa de DAPA ella se volvió loca. Me pegó mucho y quebró mis cosas enfrente de nuestras hijas. Luego me echó de la casa. ¿Sin DAPA, que puedo hacer?

R: Usted puede tramitar una auto-petición basada en el abuso de su esposa ciudadana. Los requisitos de la petición son: Ser esposo, hijo, o padre de un ciudadano o residente permanente de los EE.UU; haber sido abusado o sujeto a crueldad mental extremo por su padre, esposo o hijo, mientras estaban viviendo en los Estados Unidos; haber vivido con el/la abusador/a en los Estado Unidos; y poder mostrar que usted mismo tiene buen carácter moral.

No es necesario haber denunciado el abuso a la policía ni tener un reporte de la policía como prueba aunque ayude mostrar el abuso. Se puede probar el abuso con declaraciones tanto de usted como también de otras personas que han visto como su esposa le trata. Si la auto-petición es aprobada, existe la posibilidad de aplicar para la residencia permanente más en adelante. Si el paro temporal al DAPA se levanta pronto, usted podría aplicar por ello también porque recibiría más rápido el permiso de trabajo y número de seguro social. Se puede aplicar para ambos a la misma vez.