Renuevo DACA o aplico a la residencia?

Por la abogada Marie B. Higuera

P: Tengo DACA. Se vence en cuatro meses y ahora quiero saber si debería renovarla o aplicar para la residencia. Vine a los EE.UU. con mi mamá cuando tuve 10 años, en 2000. He vivido aquí desde entonces a menos que cuando fui a México para dos años cuando tenía 13 años de edad. Ambas veces que entré en los EE.UU. lo hice ilegalmente. Hace tres meses viajé a México y volví con permiso (“Advance Parole”). ¿Puedo aplicar ahora para residencia basada en mi matrimonio con una ciudadana estadounidense en vez de renovar DACA?

R: Para muchas personas que tienen DACA y están casadas con ciudadanos estadounidenses, un permiso de viaje como obtuviste es maravilloso porque al volver al país legalmente puede ser elegible para aplicar para la residencia. Para poder aplicar para la residencia, se tiene que ser elegible para la residencia, no solo con una entrada legal y matrimonio con una ciudadana. En el caso de usted, parece que no es elegible para la residencia porque estuvo en los EE.UU., salió a México, y regresó a entrar ilegalmente. A partir del 1 de abril, 1997, migración empezó a castigar a gente con más que una violación a la ley migratoria. Si después de estar en el país sin alguna autorización por más de un año, sale, y vuelve a entrar sin permiso, no será elegible para la residencia hasta que haya pasado 10 años afuera del país. No existe un perdón. Si su único base de no elegibilidad para la residencia fuera que entró una vez sin permiso, el viaje que hizo con permiso de viaje hubiera sido suficiente y, al reingresar legalmente en el país, sería elegible aplicar para la residencia. Sin embargo, una persona como usted que salió de los EE.UU. después de más de un año en el país sin autorización y reingresó sin permiso no es elegible para la residencia. Asi que la recomendación en su caso, hasta que haya algún cambio en la ley, es de renovar su DACA.