Requisitos de ciudadanía y la elegibilidad para la asistencia de FEMA

FEMA está comprometida con ayudar a todos los sobrevivientes elegibles del desastre en

su recuperación tras las inundaciones y deslizamientos de lodo ocurridos en Washington

del 13 al 15 de noviembre. Esto incluye los ciudadanos estadounidenses, nacionales no

ciudadanos estadounidenses y extranjeros cualificados.

Los sobrevivientes del desastre en los condados Clallam, Skagit y Whatcom y los habitantes en la Nación Lummi, la

Tribu Indígena Nooksack, la Tribu Quilete y otras tribus en los tres condados pueden solicitar asistencia del

programa de Individuos y Familias (IHP, por sus siglas en inglés) de FEMA. Usted o un miembro de su hogar debe

ser ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano estadounidense o extranjero cualificado. Si usted no cuenta

con el estatus de ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano estadounidense o extranjero cualificado, su

familia puede aun solicitar y ser considerado para asistencia de IHP, siempre y cuando:

  • Otro adulto miembro del hogar cumple con los criterios de elegibilidad y certifica su estatus de ciudadanía durante el proceso de inscripción o firma el formulario de Divulgación y Consentimiento; o
  • El padre o tutor de un niño menor de edad que vivan en el mismo hogar podrá solicitar asistencia en representación del menor que sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado. El padre o tutor legal debe inscribirse como el co-solicitante y el menor de edad elegible deberá ser menor de 18 años al momento en que ocurrió el desastre.

La fecha límite para solicitar asistencia por desastre de FEMA es el 7 de marzo de 2022.

Extranjero cualificado

Un extranjero cualificado puede ser:

  • Persona con residencia legal permanente (titular de un “Green Card”) .
  • Personas con estatus de refugiado, bajo asilo o con suspensión de deportación.
  • Extranjeros con permiso condicional de entrada en EE. UU. de por lo menos un año.
  • Extranjeros a quienes fueron conferidos entrada condicional (por ley vigente antes del 1 de abril de 1980).
  • Entrantes cubanos o haitianos.
  • Extranjeros que hayan sufrido crueldad extrema o que hayan sido víctimas de una forma grave de trata humana. Esto incluye a las personas con una visa “T” o “U”.
  • Extranjeros cuyos hijos hayan sido maltratados y niños no ciudadanos cuyo padre o madre haya sido maltratado que cumplan ciertos criterios.

Nacional no ciudadano

Persona nacida en un territorio no incorporado de EE. UU. (p.ej., Samoa Americana) en alguna fecha después que EE. UU. tomó posesión del territorio, o una persona nacida de padres que son nacionales no ciudadanos estadounidenses. Todos los ciudadanos estadounidenses son nacionales de EE. UU. pero no todos los nacionales de EE. UU. son ciudadanos estadounidenses.

Menores de edad elegibles

El padre o tutor de un niño menor de edad que vivan en el mismo hogar podrá solicitar asistencia en representación del menor que sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado. El menor de edad elegible deberá ser menor de 18 años al momento en que ocurrió el desastre o la fecha de la declaración de desastre, lo que ocurra primero.

Recursos de ayuda

Catholic Immigration Legal Services en Seattle ofrece asistencia legal en asuntos de inmigración a los habitantes en Washington con bajos ingresos en: 100 23rd Ave. S, Seattle, WA 98144-2302, teléfono 206-328-6314; línea de ayuda de DACA: 206-566-6664.

Vea la página sobre Requisitos de estatus migratorio y de ciudadanía para solicitar beneficios federales para ver más información en múltiples idiomas en fema.gov/es/assistance/individual/program/citizenship-immigration-status.

Los solicitantes deben consultar con un experto en asuntos de inmigración para conocer si cumplen con los requisitos de estatus migratorio para la asistencia por desastre de FEMA si no están seguros sobre su estatus migratorio.

Las organizaciones voluntarias usualmente pueden ofrecer ayuda sin importar el estatus de ciudadanía de las personas. Para encontrar organizaciones voluntarias en Kentucky:

Solicite asistencia por desastre de FEMA

Solicite asistencia en línea en DisasterAssistance.gov/es, llame al 800-621-3362 o utilice la aplicación móvil de FEMA para teléfonos inteligentes. Si utiliza un servicio de retrasmisión, como el servicio de retransmisión de video (VRS, por sus siglas en inglés), teléfono subtitulado u otro servicio, facilite a FEMA el número asignado a ese servicio.

Para más información sobre la recuperación tras las inundaciones en Washington, visite fema.gov/es/disaster/4635. Siga a la Región 10 de FEMA en Twitter en twitter.com/femaregion10.