Residencia para padres

Marie Bernadette Higuera

Abogada de Inmigración

Yo soy de Nicaragua y llegue a EE.UU. hace 10 años con una visa de turista. Hace cuatro años me casé con un ciudadano estadounidense y recibí mi residencia. Poco después de recibir mi residencia mi esposo me empezó a maltratar físicamente y emocionalmente. Después de un año de maltrato tuve que salir huyendo de la casa y entrar a una casa para mujeres abusadas. Yo estaba embarazada cuando salí de la relación y tengo ahora una niña de un año y medio. Entregue papeles para el divorcio y finalmente el divorcio se finalizó hace unos meses. Inmigración me había dado una residencia condicional de dos años y ya que se iba a vencer yo entregue la solicitud I-751. Como ya estaba separada de mi esposo yo pedí que me lo aprobaran basado en el abuso de mi esposo y así me lo hicieron. Conseguí la residencia permanente y he sido residente desde julio del 2009. Yo quiero solicitar la ciudadanía para traer a mi mamá de Nicaragua para vivir conmigo y mi hija. ¿Cuales son los requisitos para la ciudadanía y cuando puedo pedirlo? Debo mencionar que también he tenido unos problemas con mis impuestos. Un preparador de impuestos me los preparaba y me enteré hace un año que no los hizo bien. Como resultado de los errores el IRS me multó $5,000. Yo estoy haciendo pagos y voy a terminar con los pagos en diciembre de este año. ¿Eso afecta mi caso?

Los requisitos básicos para la ciudadanía son: tener un mínimo de 5 años de residencia legal y haber estado físicamente presente en los EE.U la mitad de este tiempo; ser mayor de los 18 años, y tener buen carácter moral. También hay que saber sobre la historia de los EE.U. Hay una excepción del requisito de tener 5 años de residencia legal para personas que están casados con ciudadanos de los EE.UU. y viven con su esposo puede solicitar la ciudadanía después de tres años de residencia y matrimonio. Hay otra excepción para personas que han sido sujetos a violencia domestica a manos de su esposo ciudadano de los EE.UU. En casos en los que una persona recibe la aprobación de su

I-751 por el abuso de su esposo todavía tiene el derecho de pedir la ciudadanía después de tres años de residencia. Eso es cierto aunque se hayan divorciado o que ya no vivan juntos. Esa ley fue diseñada para proteger a las victimas de la violencia domestica y evitar que la gente que haya sido abusado por su pareja se quede en la relación por falta de derechos con inmigración. Usted puede solicitar la ciudadanía 90 días antes de cumplir los tres años de residencia. Como ya han pasado un poco más de tres años con su residencia podría hacer la solicitud ahora.

Puede ser que en la entrevista para la ciudadanía quisieran revisar otra vez su caso para la residencia para verificar si el matrimonio fue basado en el amor, y posiblemente harán varias preguntas sobre su vida con su esposo y el divorcio. Muchas veces verán su solicitud para la residencia y hacen algunas preguntas para verificar que la información fue correcta, así que es importante revisar una copia de su aplicación para la residencia y así refrescar la memoria sobre las fechas y los datos de su vida, antes de entregar la solicitud para la ciudadanía.

Si toda la información de las solicitudes es consistente, y si tuvo una relación verdadera con su esposo, usted no se debe de preocupar sobre el hecho de que el matrimonio no duró. Tener una hija en común con su esposo siempre es una buena prueba de un matrimonio verdadero.

Otro problema que usted podría tener con su solicitud de la ciudadanía es que debe impuestos al gobierno. La Migración puede no aprobar la solicitud para la ciudadanía para una persona que debe impuestos al gobierno por falta de buen carácter moral. Si la persona está en un plan de pagos con el gobierno, la Migración puede aprobar la solicitud o no. Como usted falta poco para pagar la deuda con el IRS a lo mejor le conviene esperar a que ya haya pagado su deuda con el IRS.