¿Si ICE arresta a alguien, lo puede deportar sin el derecho de ver a un juez de inmigración?

Por la Abogada de inmigración Marie Higuera

Escuché en las noticias que, según la nueva orden ejecutiva, si migración arresta a alguien, lo puede deportar sin el derecho de ver a un juez de inmigración. ¿Es cierto?

Existe un proceso de deportación rápida (“Expedited Removal”) en la cual ciertas personas pueden ser deportadas sin tener una audiencia ante un juez de inmigración. Este proceso existió antes del orden ejecutiva que firmó el presidente últimamente. La ley migratoria y las regulaciones permite a migración deportar a ciertas personas que no tiene estatus migratorio y que migración acusa de haber cometido fraude con los documentos que presentaba a oficiales de inmigración, haber dicho que es ciudadano estadounidense cuando no la es, o simplemente no tener a una visa o permiso valido lo cual permite a uno entrar en el país. Las regulaciones permiten que este proceso sea utilizado en casos de personas con solo los cargos mencionados y que hayan estado en el país por menos de dos años.

Desde el año 2004, migración solo ha utilizado la deportación rápida para personas arrestadas en la frontera o puerta de entrada (como aeropuertos) o dentro de 100 millas de la frontera y quienes tienen menos de 14 días en el país. El recién firmado orden ejecutivo dirigió a la secretaria del departamento de seguridad nacional (“DHS”) a implementar la deportación rápida a lo máximo que permite la ley que incluiría a toda persona que no tiene estatus migratoria y que haya estado en el país por menos de dos años. Aunque la secretaria aún no haya ampliado el proceso,

“es recomendable que una persona sin estatus migratorio cargue consigo prueba de que haya estado en el país por más de dos años”

Una identificación o licencia otorgada hace más de dos años es un ejemplo de tal prueba.

Estas personas no tendrá derecho de ver a un juez de inmigración. Estando en el proceso, la única forma en parar la deportación rápida es si uno tiene miedo de regresar a su país. Si tiene miedo, hacerlo claro con migración y le debería dar una entrevista de miedo razonable con un oficial de asilo. Este oficial decidiría referir o no su caso a un juez de inmigración. Si usted o un familiar tiene contacto con migración, contacte a un abogado de inmigración inmediatamente.

La Abogada Marie Higuera puede ser contactada al 206-267-0234