Soñadores y Notarios

Marie Bernadette Higuera

Abogada de Inmigracion

Soy ciudadano mexicano y tengo tres hijos, el más chico nació en los EU. Los más grandes nacieron en México y los traje a EU. cuando tenían 16 y 13 años. Eso fue hace 13 años. Ellos crecieron aquí y se graduaron de la prepa.

Hace seis meses después de que llegamos a los EU. inmigración nos agarró cerca de la frontera cuando estábamos visitando a mi tía en Texas, y nos regresaron a México. Regresamos a los EU. unos días después.

Estuvimos fuera de los EU. por un día y medio. ¿Ellos podrian calificar para el programa nuevo del Presidente Obama de Acción Deferida o “Deferred Action?” ¿Mi hijo mayor está casado y tiene un bebé, ¿él todavía seria elegible aunque este casado? Tuve una consulta con un notario que dice que ya debemos entregar la solicitud para pedir el beneficio para mis hijos, ¿es cierto?

Es muy importante NO utilizar los servicios de los notarios. En los EU. un notario o “notary public” está autorizado a ser testigo a una firma y verificar la identidad de la persona que esta firmando un documento. No son abogados ni requieren ningún tipo de entrenamiento especial. No están autorizados a dar ningún tipo de consejo legal. Es importante acordarse que en los Estados Unidos solamente los abogados están autorizados a dar consejos legales.

Usted debe contactar a la Barra de Abogados del Estado de Washington y hacer una queja de la persona que le dio este consejo. El numero es (206)727-8207 para hacer la queja. La oficina del Procurador General del Estado de Washington también recibe quejas de personas que se presentan como abogados o notarios. Usted debe contactar a esta oficina al 1-800-551-4636 para hacer la queja. Finalmente, la Asociación Americana de Abogados de Migración (AILA) ha organizado información para ayudar a los inmigrantes con consejos sobre como buscar ayuda legal para sus casos de migración y parar el fraude de los notarios. Usted puede consultar la página web de este proyecto al http://stopnotariofraud.org/

Para ser elegible para la Acción Diferida para los jóvenes, del Presidente Obama, el solicitante tiene que cumplir con muchos requisitos. Los requisitos son:

-Venir a los EE.UU. antes de cumplir los 16 años,

-Residir continuamente en los EE.UU. por los cinco años antes del anuncio del Presidente el 15 de

junio, 2012 (desde como el 15 de junio, 2007) y estar residiendo en los EE.UU. el 15 de junio, 2012

-Estar en la escuela, haberse graduado de la escuela, tener un GED o haber salido con honor de las fuerzas armada

-No tener condena de ciertas ofensas criminales

-Tener 30 años o menos el 15 de junio, 2012 (tener menos de 31)

Es importante notar que un solicitante tendrá que cumplir con cada uno de los requisitos, no solamente uno o algunos de ellos. Parece que su hijo menor podría ser elegible para la Acción Deferida porque tenia 13 años cuando usted lo trajo a EU., y cumple con los demás requisitos.

Si su hijo mayor ya tenía 16 años cuando llegaron a los EE.UU., él no calificará porque no cumple con el requisito de ser menor de 16 años cuando llegó a los EU. Si él hubiera tenido solamente 15 años cuando llegó, probablemente seria elegible, y el hecho de que ahora está casado y tiene hijos no cambiaría eso.

Una salida voluntaria y una deportación, no afectará si una persona es elegible si cumple con los otros requisitos.

Es importante acordarse de que el programa apenas se anunció el 15 de junio, y todavía no es posible solicitar. La oficina de inmigración está en el proceso de preparar el procedimiento para la solicitud.

Su hijo menor podría empezar a juntar evidencia de su presencia en los EU. y de su graduación de la prepa, pero todavía no puede entregar la solicitud.