TPS y Visa U

Marie-Bernadette Higuera

Abogada de inmigración

Mi hijo Jorge tiene 15 años. Su papá lo trajo de El Salvador en el 2000 cuando él tenia cinco años. Jorge vivía con mi ex esposo hasta el año pasado cuando mi ex se regresó para El Salvador. El papá de Jorge era muy abusivo y le pegaba mucho a Jorge. La última vez que le pegó, Jorge habló a la policía y ellos hicieron un reporte de violencia. Mi ex esposo huyó y regresó a El Salvador. Yo tengo TPS y mi ex también lo tenía pero mi ex esposo nunca hizo nada para conseguir papeles para Jorge. Hay algo que puedo hacer por él ahora?

El “TPS” es un estatus legal temporal para ciudadanos de ciertos países como El Salvador, Honduras y Nicaragua quienes no pueden regresar a sus países por razones de guerra, catástrofe natural u otras razones de seguridad. El gobierno de los EE.UU. tomó la decisión sobre qué países califican para el TPS. Cada año el gobierno decide si es necesario renovar el TPS otro año o 18 meses. Con este estatus, uno puede vivir en los EE.UU. y obtener un permiso de trabajo.

Como salvadoreño, para calificar para el TPS tiene que haber estado presente en EE.UU desde el 9 de marzo del 2001 y debe haber vivido aquí desde el 13 de febrero del 2001, y haber solicitado el TPS cada año desde entonces. Para los hondureños y nicaragüenses tienen que haber estado presentes en los EU desde el 5 de enero del 99 y deben haber vivido aquí desde el 30 de diciembre del 98 y haber solicitado el TPS cada año desde entonces. Para mantener el estatus, se tiene que meter una aplicación de extensión cada año durante el periodo de aplicar.

La gente que llegó a los EE.UU. después de la fecha de elegibilidad probablemente no será elegible. La gente que estaba presente en las fechas requeridas que no se registró anteriormente puede ser elegible para registrarse bajo circunstancias muy limitadas. El requisito es solicitar desde el empiezo del programa y seguir aplicando cada año. Sin embargo, hay algunas excepciones para este requisito.

Una de las excepciones es para los hijos de las personas que tienen el TPS: si el niño cumple con los requisitos de residencia continua y presencia física continua y los otros requisitos, y que es niño de una persona que tiene el TPS, puede hacer una primera solicitud tarde. Otra excepción es para gente que tenía otro estatus migratorio valido durante el periodo de registración inicial. En estos casos, pueden pedir el primer registro tardío dentro de los 60 días después de que se vence su otro estatus. También puede pedir el primer registro tardío si tiene una solicitud de asilo pendiente.

Para hacer una solicitud tardía tendrían que establecer que su hijo entró a los EE.UU. antes de las fechas limites para los salvadoreños que estuvieron en los EE.UU. desde el 9 de marzo del 2001 y residiendo en los EE.UU. desde el 13 de febrero, 2001. Esto se tiene que establecer con documentos oficiales, declaraciones bajo juramento de gente que sabe de la estancia de Jorge en los EE.UU. y cualquier otra evidencia para establecer su estancia en los EE.UU. También tiene que probar que usted, como su madre, tiene el TPS. Para eso necesitara enseñar la relación familiar y pruebas del estatus de TPS de usted.

La gente que cree que pueden ser elegibles para registrarse tarde debe consultar con un abogado de inmigración antes de entregar una solicitud porque si se le niega la solicitud de TPS la persona puede entrar en el procedimiento de la deportación.

También puede ser que Jorge es elegible para pedir una visa U. Una visa U es un beneficio de Migración para gente que ha sido victimas de algunos tipos de crímenes, incluyendo violencia domestica en los EE.UU. Uno de los requisitos es que la victima coopera con la policía en la investigación y/o el juicio. Para establecer su cooperación, necesitaría pedir a un policía, fiscal, juez, u otro oficial de la investigación firmar un formulario explicando que usted ha ayudado o cooperado en la investigación.