VISA DE ESTUDIANTE

Soy ciudadano de México pero llegue a los Estados Unidos con una visa de estudiante para asistir y obtener mi maestría, pero ya no regresé a México después de terminar mis estudios. Me casé con una ciudadana estadounidense el año pasado y ella está embarazada de nuestro primer hijo. He escuchado que puedo pedir la residencia porque entré legalmente con una visa, aunque me quedé más tiempo de lo que me autorizaron. ¿Es cierto? He tratado de hacer todo lo demás bien, solamente que e trabajado los últimos seis años utilizando el número de seguro social que me dieron cuando era estudiante- solamente borre la parte que dice que está restringido el numero y enseñé una copia de la tarjeta con mi licencia de manejar.

En general el cambio de estatus es un proceso básicamente fácil si lo inspeccionaron y lo dejaron entrar al país, aunque se quedó más tiempo y ahora está fuera de estatus, si su solicitud para la residencia está basada en el matrimonio con un ciudadano (o algún otro “familiar inmediato” – padre de un ciudadano de los EE.UU., o hijo menor y soltero de un ciudadano de los EE.UU.). En cualquier otra categoría el solicitar la residencia basada en una petición familiar, y se quedo más tiempo después de una visita autorizada lo haría no admisible, e inelegible para el cambio de estatus. Eso significa que usted podría solicitar la residencia o cualquier otro cambio de estatus solamente en el consulado de los Estados Unidos en su país de origen. Pero hay una excepción especial para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses: Pueden pedir el cambio de estatus si fueron inspeccionados y los agentes de inmigración los dejaron entrar, sin importar cuánto tiempo se quedo después de que se venció su tiempo permitido.

Pero, qué tipo de visa utilizó usted para entrar a los EE.UU? Hay varios tipos de visas para estudiantes. Las más comunes son las visas F o J. Algunas visas J tienen un requisito de volver a residir en su país de origen 2 años. Si usted tuvo una visa J con este requisito, no seria elegible para un cambio de estatus hasta que regrese a su país de origen y pasado dos años allá. Eso es cierto aunque está casado con una ciudadana de los EE.UU; es posible que podría evitar el regreso a México por los dos años, pero solamente si recibir un perdón. El proceso de recibir un perdón de los dos años de residencia en el país de origen para las visas J es largo, complicado, y caro. Tiene que conseguir aprobación del Departamento del Estado de los EE.UU. y también del Servicio de Migración. Los perdones pueden estar basados en dificultades o algunas otras cosas. Si usted entró con una visa J, debe llevar su expediente de su visa de estudiante y hacer una consulta con un abogado de Migración con mucha experiencia para investigar si usted necesita un perdón. Si usted entró con una visa F no necesita un perdón y podría pedir el cambio de estatus. Eso es cierto también si entró con una visa de turista y la mayoría de de visa.

El trabajar sin autorización no lo vuelve a usted inelegible para el cambio de estatus. Pero usted dijo que ha trabajado utilizando solamente el número de seguro social, y eso levanta una preocupación de si usted dijo ser ciudadano de los EE.UU. cuando consiguió el trabajo. La gente que dice que son ciudadanos de los EE.UU. pueden ser no admisibles permanentemente. Debe saber que la solicitud de la residencia no pregunta si usted ha dicho ser ciudadano de los EE.UU. cuando no era. Pero es un requisito que usted tiene que avisar de su historia de trabajo, y eso podría resultar en preguntas sobre los documentos que usted presentó para conseguir el trabajo. Otra vez, usted debe consultar con un abogado de Migración si hay preocupaciones por eso en su caso. Las leyes de Migración son muy complicadas.