Nuevas leyes sobre Inmigración

Por la Abogada Marie Higuera

Soy mexicano, y entré en los Estados Unidos el año pasado. Escuché que hay una nueva ley que me puede afectar si estoy agarrado por la Migra.

El gobierno acabó de publicar nuevas reglas respeto al proceso de Expulsión Acelerado (en inglés, “Expedited Removal”). Típicamente, si se agarra dentro de los Estados Unidos, se pone en el proceso de expulsión (o deportación) frente de un Juez de Inmigración y se tiene la oportunidad pelear su caso. Sin embargo, ciertos individuos están sujetos al proceso de Expulsión Acelerado. En este proceso, el oficial de Inmigración puede deportarle sin darle una oportunidad ver un Juez.

¿Este proceso es algo nuevo?

Este proceso no es nuevo, sin embargo, se expande el proceso con esta nueva regla. Antes, se podría ponerle en este proceso si se agarrara dentro de 100 millas de la frontera y se habría estado dentro de los Estados Unidos por menos de 14 días. Ahora, se puede poner en este proceso si se agarre en cualquier lugar en los Estados Unidos y no se puede demostrar que ha estado presente físicamente en los Estados Unidos por los últimos 2 años.

¿Hay manera de parar una deportación en este proceso?

Si dice que tiene miedo de regresar a su país cuando este agarrado, no puede deportarle hasta que tenga una entrevista de “miedo creíble” con un oficial de la Oficina de Asilo. Si el oficial determina que tiene un “miedo creíble” de regresar a su país, se pondré en el proceso de deportación frente de un Juez de Inmigración para pelear su caso. Si el oficial determina que no tiene un “miedo creíble,” puede pedir un repaso de esta decisión por un Juez de Inmigración.

¿Otras recomendaciones?

Si tiene 2 años o más en los Estados Unidos, debe juntar y guardar pruebas de su presencia física en los Estados Unidos, como talones de cheque, récords bancarios, acuerdos de renta, facturas de luz, electricidad, etc., en caso de que tenga que probar su presencia física.