Vine a los Estados Unidos con una visa “Border Crossing Card”

Marie Bernadette Higuera

Abogada de Inmigración

Fue cuando tenía 15 años y nunca salí. Tengo 28 años y estoy casada con un ciudadano estadounidense. Queremos aplicar para la residencia pero estamos preocupados porque no tengo prueba de la fecha de mi entrada. No me dieron un I-94 ni sello en mi pasaporte. ¿Puedo tramitar la residencia sin tener que ir a ciudad Juarez?

Para aplicar para cambiar su estatus – el proceso de pedir la residencia sin volver a su país para una entrevista en el consulado – tiene que haber sido admitido en el país, o si entró sin inspección y admisión, podría ser elegible bajo sección 245(i) de la ley migratoria para individuos que fueron beneficiarios de peticiones sometidos antes del 30 de abril de 2001 (en ciertos casos tiene que probar presencia en el país desde el 20 de diciembre de 2000).

Ser admitido por migración puede significar que tiene sello en su pasaporte y/o un I-94 que muestra su fecha de entrada. El laser visa tambien puede ser prueba de su entrada. O a veces al pasar el oficial de aduanas le mira sin hablarle o despues de pocas preguntas, y sin pedir ver su visa. Todos estos escenarios cuentan como inspección y admisión y estos individuos pueden ser elegibles para cambiar su estatus. El solicitante tiene la obligación de mostrar su elegibilidad pero testimonio de la entrada puede ser suficiente para establecer admisión e inspección frente un oficial de inmigración o con la corte de inmigración.

Si aplica para el cambio de estatus y es negada por falta de pruebas de admisión, su segunda opción puede ser tramitar la DACA, luego pedir permiso de salir del país y volver a entrar y al volver a entrar en los Estados Unidos será elegible para cambiar su estatus.