¿Qué me conviene más?

Marie Bernadette Higuera

Abogada de Inmigración

Soy Salvadoreño y vine a los EEUU ilegalmente en 1999 y nunca me fuí. Tengo TPS. Mi tarjeta de TPS expira en Septiembre de este año. Me acabo de casar con una residente legal de los EEUU. ¿Debo renovar mi TPS ahora, o tengo mejores opciones disponibles para mi por que mi esposa es residente o por una reforma si hay una? ¿Si renuevo mi TPS me afectaría negativamente para obtener residencia através de estas otras rutas?

TPS se significa “estado de protección temporal” y le da a solicitantes que califican el derecho de permanecer en los EEUU y trabajar por un periodo temporal, y evita su deportación. El periodo temporal puede ser extendido por orden del Presidente de los EEUU. El Salvador fue designado TPS en Marzo del 2001. Para ser elegible para TPS Salvadoreño, el solicitante debe de haber estado presente en los EEUU desde el 9 de Marzo del 2001, y debe de haber estado en los EEUU desde el 13 de Febrero del 2001., y se debe de haber registrado para TPS entre el 9 de Marzo del 2001 y el 9 de Septiembre del 2002. En algunas circunstancias limitadas, registro tarde es posible. El solicitante también no debe de tener antecedentes penales graves (1 condena de felonía o 2 condenas por delitos menores hacen a una persona inelegible). Una persona que tiene TPS no debe de viajar fuera de los EEUU por largos periodos, y nunca debe de salir de los EEUU sin un permiso para viajar de USCIS. Una persona que tiene TPS siempre debe de re inscribirse en cada periodo de re incribision.

El actual periodo de extensión para TPS Salvadoreño corre desde el 30 de Mayo del 2013 hasta el 29 de Julio del 2013. Individuos que actualmente tienen TPS deben someter solicitudes para extensione o renovación para el 29 del Julio del 2013. Con esta extensión, TPS Salvadoreño es extendido hasta el 9 de Marzo del 2015. Los actuales permisos de trabajó están extendidos hasta el 9 de Marzo del 2014.

Cualquier persona que tenga TPS siempre debe de extenderlo solo que su solicitud para residencia tenga otra base, o un estatus mejor–como asilo o una visa u–que ya ha sido aprobada. Recuerde que uno de los requisitos para continuar con estatus de TPS es que usted siempre lo extienda, en cada periodo de extensión. Si usted falla en extenderlo usted lo pierde, y no puede recuperarlo al aplicar de nuevo en un periodo de extensión en el futuro. Entonces si usted no aplica para una extensión ahorita porque usted cree que va haber una reforma que le proporcionara mejores beneficios que el TPS, y resulta que no hay una reforma, usted no podrá obtener estatus de TPS en el futuro.

No hay razón porque pensar que extendiendo su estatus de TPS ahora tendrá un efecto negativo en su elegibilidad para beneficios bajo una reforma, si hay una.

TPS puede facilitar su elegibilidad para residencia basado en su matrimonio con una residente legal. Su esposa puede someter un petición de pariente para ayudarlo a obtener la residencia ahora, o ella puede esperar hasta que se haga ciudadana. Si ella aplica para usted mientras ella es una residente legal, usted tendrá que esperar dos años y medios antes de que usted sea elegible para aplicar para la residencia. Si ella se hace ciudadana usted inmediatamente puede ser elegible para aplicar para la residencia.

De cual quier manera, como usted entro a los EEUU ilegalmente cuando entro en 1999, usted no es elegible para aplicar para la residencia en los EEUU; usted tendrá que viajar al consulado de los EEUU en el Salvador para una entrevista para la residencia. Pero como usted tiene TPS ahora, usted puede aplicar para una permiso para viajar. Usted puede salir de los EEUU y volver con su permiso para viajar.

Si hace esto, usted será elegible para aplicar por residencia dentro de los EEUU en vez de en Salvador, porque su ultima entrada a los EEUU será legal, que es unos de los requisitos para el ajuste de estatus.