Requisitos de residencia

Marie-Bernadette Higuera

Abogada de inmigración,

Estoy muy confundida con respeto a quién es elegible para solicitar la residencia dentro de los EEUU y quien no es elegible debido a ser indocumentado. ¿Cuál es la regla de quien puede solicitar dentro de los EE UU?

!Hay muchas reglas! Las reglas que siguen son las más básicas que tratan de situaciones más comunes. Primero, no existe ninguna ley general que permite a una persona solicitar un permiso de trabajo o la residencia en EE UU.

La mayoría de personas que solicitan residencia son elegibles basado en una solicitud familiar o una solicitud de empleo. En estos casos, un miembro de la familia o un empleador presenta la solicitud en nombre del solicitante.

Para un beneficiario de una solicitud aprobada hay dos caminos para solicitar residencia: ajuste de estado, y el proceso consular. Una solicitud que puede ser completada por USCIS adentro de los EE UU por lo general se llama ajuste de estatus, mientras que una solicitud que tiene que ser completada por el Departamento de Estado en el consulado americano en su país de origen se llama el proceso consular para la visa inmigrante

Para una persona que solicita residencia basado en una solicitud familiar o de empleo:

Si tiene la protección de INA sección 245(i) (alguien presentó una petición para usted antes de 04/30/2001, y Ud. estuvo presente en los EEUU el 12/20/2000), o si entró con inspección y usted es familiar inmediato (madre o padre, esposo/a, o hijo/a menor, soltero/a de un ciudadana de EE UU) usted es elegible para ajuste de estatus. Si entró sin inspección y no tiene la protección de INA sección 245(i), no es elegible usted para ajuste de estatus y tiene que obtener la residencia por el proceso consular.

Si usted no es familiar inmediato de una ciudadana de los EE UU (por ejemplo usted es el/la esposo/a o hijo/a de una residente permanente legal), y entró con inspección pero violó su estatus migratorio (porque permanecía demasiado tiempo o trabajaba ilegalmente) no es elegible para ajuste de estatus y tiene que obtener la residencia por el proceso consular. Si ha sido deportado y regresó ilegalmente, o si ha estado presente en EE UU ilegalmente, probablemente no es elegible para ajuste de estatus en EE UU – si es elegible para la residencia, tendrá que solicitar por el proceso consular.

Hay otras leyes que permite una persona de obtener la residencia sin salir EE UU, sin respeto a la manera de su entrada. Por ejemplo, una auto-petición no requiere una entrada legal. Una auto-petición es el primer paso de obtener la residencia para un/a esposo/a, padre o madre, hijo/a de un/a ciudadano/a, o un/a esposo/a o hijo/a de un residente legal abusivo/a que puede mostrar que vivía con el abusador, que sufrió abuso físico o crueldad extrema, y que tiene buen carácter. Un esposo que solicita tendrá que mostrar que el matrimonio era de buena fe y el abuso ocurrió durante el matrimonio. Cuando la solicitud esta aprobada, el solicitante puede solicitar la residencia y en este caso una sola entrada ilegal no presenta ningún obstáculo. Es posible que una persona que presenta una auto-petición que ha entrado ilegalmente muchas veces sea elegible para acción deferida y permiso de trabajo, aunque la persona no es elegible para el ajuste.

La cancelación de la deportación es otra manera de obtener residencia que no requiere una entrada legal: los requisitos son un mínimo de 10 años de presencia continua en los EE UU, parientes que califican (padres, esposos, o hijos menor de edad quienes son ciudadanos o residentes legales), buen carácter, y prueba convincente que los parientes que califican sufrirían dificultades excepcionales si la solicitante fuera deportada.

La única manera de solicitar la cancelación es en un proceso de deportación, y debe otorgarse por un juez de inmigración.