Registro de nacimiento

Consulado de México en Seattle

El registro se hace en la Representación correspondiente al domicilio de los interesados, independientemente del lugar del extranjero en que hubiere ocurrido el nacimiento.

1. El registro de nacimiento no causa cobro de derechos.

2. Las Representaciones sólo podrán registrar como mexicanos por nacimiento a:

Nacido en el extranjero, hijo de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre o madre mexicanos nacidos en territorio nacional.

Nacido en el extranjero, hijo de padres mexicanos por naturalización, de padre o madre mexicanos por naturalización.

Requisitos:

Los requisitos para el registro de nacimiento son los siguientes, de los cuales se entregarán dos copias fotostáticas:

1. Presentación del registrado y comparecencia de los padres.

2. Entregar comprobante de nacionalidad mexicana de uno o ambos padres:

Acta de nacimiento;

Declaratoria de nacionalidad mexicana;

Carta de naturalización;

Pasaporte mexicano;

Matrícula consular de alta seguridad.

3. Presentar acta de nacimiento local (copia certificada) o constancia de alumbramiento. En caso de que el acta de nacimiento local esté en idioma distinto al español, deberá presentarse una traducción al español (si el documento fue emitido en inglés, no se solicitará la traducción). Si ésta se expidió en país diferente al del registro, se presentará legalizada o apostillada.

4. Acreditar la filiación de los padres con la persona que se va a registrar.

5. Dos testigos mayores de 18 años de edad.

6. Identificaciones de todas las personas que intervienen en el registro.